El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente un recurso presentado por la abogada cacereña Laura Martín Mangas, y tendrá que volver a emitir sentencia sobre tres personas a las que condenó por traficar con drogas.
Los tres fueron juzgados por la Audiencia de Cáceres en el mes de octubre de 2018. Formaban parte, supuestamente, de una banda criminal dedicada a vender cocaína y hachís en la zona de Coria, Moraleja y Navalmoral de la Mata, que adquiría la droga en Madrid. Antes del juicio la mayoría de los acusados aceptaron una condena pactada por sus abogados con la fiscalía, pero los clientes de Laura Martín decidieron ser juzgados al asegurar que eran inocentes.
Encontrados culpables, uno de ellos fue condenado a cinco años y nueve meses de prisión y pagar una multa de 60.000 euros, al encontrarle responsable de los delitos de tráfico de drogas, pertenencia a grupo militar y tenencia ilícita de armas. Otro fue sentenciado a cuatro años y tres meses de cárcel por un delito de tráfico de drogas y otro de pertenencia a grupo criminal. La mujer fue condenada a tres años de prisión y pagar una multa de 2.000 euros al considerarla culpable de un delito de tráfico de drogas.
La abogada recurrió la sentencia, entre otras cosas por vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones.
El Tribunal Supremo señala que hubo conversaciones de teléfono grabadas a los condenados que debían ser anuladas en el procedimiento y no tenerlas en cuenta para emitir la sentencia. Por ese motivo, anula la sentencia de la Audiencia Provincial de Cáceres, y le devuelve la causa «para que los mismos magistrados dicten una nueva sentencia con arreglo a derecho, en la que se solventen las omisiones que han determinado la nulidad», motivando de manera clara su sentencia en el caso de que vuelva a ser condenatoria.